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Verifactu para carpinteros de aluminio: qué te obliga y desde cuándo

· 5 min de lectura · AluQuote

Una factura VERI*FACTU señalada por partes: serie y número, importes por tipo de IVA, código QR, huella encadenada y leyenda obligatoria

Si facturas en Word, en un Excel o con un programa que compraste hace ocho años, esto te toca. No es una recomendación de nadie: es un reglamento con fecha, el Real Decreto 1007/2023, y trae multas escritas.

Va contado como se cuenta en el taller, con los artículos al lado por si lo quieres comprobar con tu gestor.

Qué es, en dos frases

Hasta ahora una factura era un papel: la hacías como querías y la guardabas. A partir de la fecha que te toque, cada factura que emitas tiene que dejar un registro que no se pueda tocar, con una huella que la ata a la anterior, y ese registro o se manda a Hacienda en cuanto lo creas, o se queda firmado y guardado a su disposición.

La primera de las dos maneras se llama VERI*FACTU: la factura sale y el registro va solo. Es la que menos te complica la vida, porque la otra obliga a firmar cada registro con certificado y a conservarlos tú.

A ti, ¿desde cuándo?

Las dos fechas son estas, y no son la misma:

Quién eres Desde cuándo
Sociedad (SL, SA…) 1 de enero de 2027
Autónomo 1 de julio de 2027

O sea que si eres autónomo, como la mayoría de los talleres, tienes hasta el verano de 2027. Parece lejos. No lo es tanto, y abajo está el motivo.

Hay una tercera fecha que no es tuya, y conviene que sepas que existe porque explica por qué te van a llamar de todas partes: el 29 de julio de 2025 venció el plazo para los que fabrican el programa. Desde ese día, a un fabricante que venda un programa capaz de alterar o borrar un registro de venta se le sanciona con 150.000 € por ejercicio (art. 201 bis de la Ley General Tributaria). Al que le cae la multa es al que hizo el programa, no a ti. Pero por eso ya no vas a encontrar quien te venda uno que deje borrar.

Qué lleva una factura a partir de ahí

Cinco cosas, y ninguna es opcional:

  • Serie y número correlativos, sin saltos y sin volver atrás (art. 6 del RD 1619/2012). Las rectificativas van en su propia serie: meterlas entre las normales es un defecto de forma.
  • La huella, que es un código de 64 caracteres calculado con tu NIF, el número, la fecha, el importe y la huella de la factura anterior.
  • El QR, que tu cliente enfoca con el móvil y le contesta la sede de Hacienda.
  • La leyenda «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT · VERI*FACTU» (art. 6 del RD 1007/2023).
  • La base y la cuota por cada tipo de IVA. Si en la misma factura llevas ventanas al 21 % y obra al 10 %, van separadas.

Y esto es lo que dejas de poder hacer

Aquí es donde la gente se lleva la sorpresa, así que va sin rodeos:

No vas a poder borrar una factura. Ni retocarla. Ni reaprovechar su número.

Si te equivocas, hay dos caminos y no son el mismo:

  • La factura no llegó a salir del taller → se anula, y la anulación es otro registro que también se manda. La fila no desaparece: queda anulada.
  • La factura ya está en manos del cliente → rectificativa, en la serie R (art. 15 del RD 1619/2012).

El otro sitio donde escuece es el correlativo. Hoy, en casi cualquier programa, si borras las tres últimas facturas el contador vuelve atrás y la siguiente repite número. Eso, con una factura de verdad, es ilegal: borrarla no libera su número.

Los cuatro años

Una factura emitida se conserva cuatro años, que es el plazo de prescripción tributaria (art. 66 de la LGT), y seis si llevas contabilidad mercantil (art. 30 del Código de Comercio). Conservarla no es una carga: es lo que te cubre a ti el día que alguien discuta una obra de hace tres años.

Lo que la gente pregunta

«¿Y si cobro sin factura?» Eso es otra conversación y no la vamos a tener aquí. Lo que sí conviene que sepas es que el que se juega los 150.000 € es el que fabrica un programa que lo permita, así que el programa que te lo permita cada vez va a ser más raro de encontrar.

«¿Vale con un ticket?» La factura simplificada tiene su sitio, pero por debajo de 400 €. Una obra de ventanas para un particular es factura completa, con el NIF de tu cliente. Y ese NIF lo contrasta Hacienda contra el censo: una errata te devuelve la factura rechazada cuando ya tiene número.

«¿Hay una lista de programas homologados?» No existe. Lo que la ley pide (art. 13 del RD 1007/2023) es que el fabricante firme una declaración responsable diciendo que su sistema cumple. Si tu programa la tiene, que te la enseñen. Si no la tienen, ya sabes.

«¿Me pillará el toro?» El detalle que se le escapa a todo el mundo: la cadena de huellas empieza en tu primera factura. No se puede empezar a mitad de año con las anteriores sueltas. O sea que el cambio se hace en un cambio de ejercicio, no un martes cualquiera de julio. Si eres autónomo, tu fecha real no es el 1 de julio de 2027: es el 1 de enero de 2027, si no quieres partir el año en dos.

Qué haces con esto hoy

  1. Mira con qué facturas ahora y pregunta a quien te lo vendió si va a estar listo, y para cuándo.
  2. Pídele la declaración responsable. Es un papel, lo tiene o no lo tiene.
  3. Si facturas en Word o en un Excel, ve haciéndote a la idea: eso se acaba.

En AluQuote la factura sale del presupuesto aceptado con un botón, con su serie, su numeración que no retrocede, su huella encadenada, su QR y el envío a Hacienda. Lo encendemos taller a taller, cuando tienes tus datos fiscales y tu certificado. Está contado entero en la página de facturación.

Pruébalo con el hueco que tengas ahora delante

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